REGIMEN
OBLIGATORIO Y VOLUNTARIO DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS
TRABAJADORES DEL ESTADO
Edgar
CAMACHO VAZQUEZ
SUMARIO:
I. Nota Introductoria; II. Régimen obligatorio y lo que comprende;
III. Régimen voluntario y su contenido;
IV. Incorporación voluntaria al régimen
obligatorio; V. Conclusiones; VI. Bibliografía.
I.
NOTA INTRODUCTORIA
Este
trabajo se enfocara a los regímenes que comprende el instituto de seguridad y
servicios sociales de los trabajadores del estado (issste) así como de que
comprende cada uno de estos, las prestaciones y seguros que otorga, analizare
dichos seguros y daré un concepto de cada uno de estos, a fin de tener una
mejor idea.
Desde este momento señalo que mi única fuente
de consulta será la ley del issste, ello en razón de que considero que esté
tema se encuentra expresado en dicha ley, el único inconveniente es que las
definiciones de lo que es mi tema están señaladas muy brevemente, así también
algunas son muy confusas, por lo que tendré que leer dichos preceptos legales y
darles una interpretación personal y hecho esto plasmarla en este trabajo, a
fin de que podamos entender de una mejor manera. Dicho lo anterior comenzare
con este trabajo.
II. REGIMEN OBLIGATORIO Y LO
QUE COMPRENDE
¿Qué es un régimen? Conforme a lo visto en
clases de derecho constitucional partiendo de la idea de que un régimen es la
forma de establecer la organización o administración de alguna situación o
hecho. Luego entonces de esto se puede razonar que el régimen obligatorio es aquella forma de establecer la administración
obligatoria de ciertos seguros y prestaciones que la ley del issste otorga a
los trabajadores al servicio del estado, obligando así a los titulares de las
dependencias e instituciones del estado a inscribir a sus trabajadores al
issste, a efecto de que estos gocen de los seguros y prestaciones que esta institución
otorga.
Luego entonces ¿qué seguros contempla el
régimen obligatorio? Los seguros que contempla son los siguientes.
II. 1 seguro de salud
Este seguro protege, promueve y restaura la
salud de sus derechohabientes, otorgando servicios de salud de calidad. Así
también este cuenta con los siguientes componentes para una mayor eficacia: atención medica preventiva donde
destacan desde mi punto de vista los siguientes aspectos; prevención por
vacunación y detección oportuna de enfermedades y padecimientos, la primera que
es la de vacunación resalta porque nadie puede negar que las vacunas son
indispensables y algunas nos salvan la vida contra enfermedades mortales y la
segunda que es la de detección oportuna, nos permite anticiparnos a ciertas
enfermedades y en ocasiones tratarlas oportunamente para que así no pacen a
mayores.
La
atención medica curativa y de maternidad y rehabilitación física y mental,
esta comprende varias prestaciones que no mencionare por cuestiones de tiempo y
brevedad en este trabajo, lo que puedo decir es que este componente del seguro
confiere al asegurado y a sus beneficiarios los tratamientos necesarios para
reincorporar totalmente la salud a la normalidad o lo mas cercanamente posible
a esta, así también tratamientos para una saludable maternidad y en caso de
menoscabos físicos y mentales otorgara tratamientos tendientes a devolver el
optimo estado físico y mental.
II. 2 seguro de riesgos de trabajo
Por lógicas razones se entiende que este
seguro solo comprende al trabajador y este solo opera cuando el trabajador en
ejercicio de su trabajo o a consecuencia de este sufra algún accidente o
enfermedad. En consecuencia de lo anterior el trabajador tiene derecho tanto a
una incapacidad ya sea temporal,
parcial o total y sus respectivos salarios y pensiones en su caso, así
también en caso de ser necesarios
diagnósticos, atención medica, servicio hospitalario, prótesis y
rehabilitación.
II. 3 seguro de retiro, cesantía en edad avanzada
y vejez
Este seguro se subdivide en 3; el de retiro que es aquel que surge cuando el
trabajador no ha cumplido la edad ni el tiempo de cotización pero este sigue
teniendo derecho a retirarse y procede solo cuando la pensión que se le calcule
en el sistema de renta vitalicia sea superior en treinta por ciento a la
pensión garantizada. El de cesantía en
edad avanzada surge cuando el trabajador queda privado de su trabajo y tiene
60 años o más y a cotizado por 25 años o más, en razón de ello surge el derecho
de una pensión según lo que haya acumulado de sus cotizaciones y el seguro de vejez que se constituye cuando el
trabajador o pensionado por riesgos de trabajo hayan cumplido 65 años o mas así
como haber cotizado 25 años, tendrá derecho a una pensión de igual forma según lo que haya
acumulado.
II. 4 seguro de invalidez y vida
La pensión de invalidez se da cuando el trabajador haya quedado imposibilitado
para mantenerse a causa de un accidente o enfermedad ajena al trabajo, dicha
invalidez debe ser declarada por el instituto, es importante decir que solo
procede este seguro cuando el trabajador haya contribuido 5 años o más con sus
cuotas, o 3 años en caso de que la invalidez abarque mas del 75 por ciento.
Esta invalidez da derecho a una pensión
temporal o una definitiva según el caso, la pensión provisional o temporal es
por 2 años si el trabajador se rehabilita, y la definitiva surge posterior a
los 2 años, vigente hasta los 65 años y la cotización de 25 años. La cuantía de
esta pensión será del 35 por ciento del sueldo básico del trabajador antes de
la invalidez.
El seguro de vida consiste en aquel que se otorga a la familia del trabajador en
razón de su muerte, ya sea en el desempeño de su trabajo o fuera este, para
tener derecho a este el trabajador debe haber cotizado como mínimo 3 años. Este
es el seguro que desencadena el seguro de viudez, concubinato, orfandad y ascendencia
III. REGIMEN VOLUNTARIO Y SU
CONTENIDO
Este se da cuando el trabajador deja de
prestar sus servicios en el trabajo, luego entonces para no quedar desprotegido
este voluntariamente sigue pagando sus cuotas a fin de continuar en todos o
alguno de los seguros del régimen obligatorio con excepción del de riesgos de
trabajo por obvias razones. El trabajador debe notificar dentro de los 60 días
posteriores a la separación de su empleo su deseo de continuar voluntariamente en el
régimen, las cuotas se pagaran por año o por bimestre anticipado. Es importante
decir que para que el trabajador tenga derecho a incorporarse al seguro de
salud deberá haber laborado como mínimo 5 años en la dependencia.
IV. INCORPORACIÓN VOLUNTARIA
AL RÉGIMEN OBLIGATORIO
Esta figura surge cuando nace una nueva
institución de gobierno que no está inscrita en el issste, por ello la institución
celebrara un convenio con el issste para que sus trabajadores cuenten con los
seguros que dicha institución confiere, la nueva dependencia de gobierno tendrá
que acreditar su solvencia económica, así como garantizar las aportaciones y
cuotas de sus trabajadores, para ello el issste a través de su personal
realizara inspecciones para verificarlo.
En otras palabras es un convenio entre
dependencia de gobierno e issste para que dicha dependencia goce de los seguros
que el issste ofrece.
V. CONCLUSIONES
Realmente puedo decir que este trabajo
explico y menciono a grandes rasgos lo que son los regímenes y que es lo que
estos contienen, es decir que nos brindar cada uno de los regímenes para cuando
estemos afiliados a esta institución de seguros, bueno en si no tengo mucho que
agregar pues siento que exprese lo que tenía que decir con anterioridad en este
trabajo, solo me queda decir que el contenido de estos regímenes es más de lo
que abarca el trabajo.
Digo lo anterior puesto que cada seguro de
los comprendidos en el régimen obligatorio y también delegados al voluntario, señalan
más detalladamente que tratamientos y atenciones se van a otorgar a sus
derechohabientes, sin embargo no puedo extenderme demasiado en este trabajo
puesto que saldría de lo que realmente es mi tema y me profundizaría mas en otras
cuestiones como tecnicismos y sus debidas explicaciones. Además de esto existe
un régimen que se le denomina régimen de
financiamiento que no considero prudente analizar detalladamente solo puedo
decir que es la forma de establecer la financiación del issste, así como de
cuánto deben aportar y cotizar las partes en este instituto además de que es un
tema que se le encargo a otro de mis compañeros del aula, y no considero
prudente investigarlo, además de estos regímenes están otros detalles que
indagando profundamente podrían entrar, por ejemplo el principio de portabilidad de cotizaciones que sirve y consiste en
que los asegurados pueden trasladar sus cotizaciones y todo lo que se ha
juntado desde que comenzó a trabajar, de un seguro a otro a efecto de seguir
sumando, así como de que no se pierdan dichas sumas y para juntar sus 25 años
de cotizaciones para el retiro. Bueno eso es todo lo que me quedaba por agregar
espero haber hecho un trabajo correcto.
VI. BIBLIOGRAFIA
Agenda de seguridad social,
ley del instituto de seguridad y servicios sociales de los trabajadores al
servicio del estado, editorial isef.